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Unión Europea


ANEXO I: PUBLICIDAD DE LAS ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN

OBLIGACIONES DEL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL

(FEDER)

La Comisión Europea solicita a los beneficiarios de ayudas europeas la realización de acciones de información y publicidad con las que informen de que la iniciativa desarrollada ha contado con apoyo de la de la Unión Europea. En el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en el Anexo XII, Epígrafe 2, Sub-epígrafe 2.2., Apartado Segundo, y en el Reglamento (UE) nº 821/2014 de la Comisión Europea, de 28 de julio de 2014, Capitulo II, se detallan las características técnicas de las medidas de información y publicidad de la operación, de cara al público.

Todas las medidas de información y publicidad destinadas a los beneficiarios potenciales y al público en general incluirán los elemento siguientes:

a) El emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas establecidas, así como la referencia a la Unión Europea.

b) La referencia al Fondo en cuestión, en el caso del FEDER: <<Fondo Europeo de Desarrollo Regional>>.

c) El lema: “Una manera de hacer Europa”.